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Recuerda Cristiano los Mandamientos que te Obligan en Pascua

El rechazo a someterse a los preceptos de la confesión anual y de la comunión pascual constituye, en los hechos, una especie de apostasía práctica.



Por P. José Ansaldi, OSE


Quiero compartir con ustedes una breve reflexión sobre el precepto de la Iglesia de confesarse y comulgar para Pascua de Resurrección.


El tercer y cuarto mandamiento de la Iglesia estipulan:


Tercer mandamiento: Todos tus pecados confesarás, al menos una vez al año.

Cuarto mandamiento: A tu Creador recibirás, al menos en Pascua humildemente.


No es nunca inútil recordar que la Santa Iglesia, nuestra Madre, impone a todos sus fieles la obligación de comulgar al menos una vez al año, con ocasión de la fiesta de Pascua, y, en vista de esta comunión pascual, prepararse bien mediante una confesión seria, completa y detallada.


El incumplimiento de estos preceptos constituye por tanto, en sí mismo, un pecado grave.


Lo que se resume en los dos preceptos citados arriba se encuentra recordado, evidentemente, en el Código de Derecho Canónico y en el catecismo.


La Iglesia ha concedido siempre una importancia muy grande a la comunión pascual, precedida de una buena confesión.


Los Sacerdotes tenían la responsabilidad de velar porque todos sus feligreses cumplieran su deber pascual; a menudo llevaban una especie de «contabilidad» de los fieles que cumplían el precepto y de aquellos que «no hacían sus Pascuas»; y debían rendir cuentas de ello al Obispo. Dichoso era entonces el sacerdote que podía decir a su Obispo: «Monseñor, este año, ¡todos mis feligreses han hecho sus Pascuas!».


El rechazo a someterse a los preceptos de la confesión anual y de la comunión pascual constituye, en los hechos, una especie de apostasía práctica, puesto que es un rechazo en acto de conformarse a lo que la Santa Iglesia nos pide en nombre y por la autoridad de Nuestro Señor Jesucristo, un rechazo práctico de adherirse a la fe divinamente revelada.


Para la comunión pascual, la Iglesia pide a los fieles que se conformen entre el primer domingo de Pasión y el domingo del Buen Pastor (es decir, da un mes para cumplirlo: dos semanas antes y dos semanas después de Pascua).  


Los enfermos que no pueden acudir a la Misa pueden hacer su comunión pascual (haciendo venir a su casa a su sacerdote para que los confiese y comulgue) hasta la fiesta de la Santísima Trinidad.

  

Por supuesto, la obligación de confesarse y comulgar al menos en Pascua puede parecer «sorprendente» a los fieles que no faltan a la misa dominical, que se confiesan y comulgan muy regularmente, con verdadera fervor; sin embargo, hay que recordar que no es el caso (¡desafortunadamente!) de la mayoría de los católicos, y que, por estos mandamientos, en su misericordiosa solicitud por las almas, nuestra Madre la Santa Iglesia ofrece a los menos fervorosos de sus hijos la posibilidad de mantener un vínculo sacramental, un vínculo de gracia y de vida sobrenatural, con nuestro divino Redentor.  


Evidentemente, aquellos que hacen sus Pascuas no deben contentarse con este deber mínimo: es cada domingo, en efecto, cuando un católico verdadero asiste a la Santa Misa, y, si es posible, comulga el Pan de Vida, alimento indispensable del alma: «Si no coméis la carne del Hijo del Hombre y no bebéis su sangre, no tendréis vida en vosotros» (Juan 6, 54).


Las personas que descuidan confesar regularmente sus pecados a un sacerdote son numerosas en la actualidad; es una actitud que inquieta mucho a los pastores auténticamente celosos, puesto que por otra parte muchas de estas personas van sin embargo a comulgar sin, al parecer, preguntarse si son dignas de ello.


Si ya una comunión recibida en un alma en estado de gracia, pero insuficientemente purificada y fortalecida por las gracias propias del sacramento de la penitencia, corre el riesgo de ser muy poco enriquecedora en el plano espiritual; importa tanto más insistir en que una comunión recibida en un alma en estado de pecado mortal –es decir, en estado de separación con Dios– es no solo totalmente infructuosa, sino que constituye ante todo un pecado muy grave, un sacrilegio.

  

Entonces, como nos advierte San Pablo: «el que come y bebe indignamente, come y bebe su propia condenación, por no discernir el Cuerpo del Señor» (1 Cor 11, 29).


En la situación presente, no es por tanto inútil recordar con vigor que quien tiene conciencia de haber cometido un pecado mortal no debe recibir la santa comunión –incluso si experimenta una gran contrición– sin haber recibido previamente la absolución sacramental. 


Cada uno de nosotros tiene el grave deber de iluminar su conciencia leyendo el catecismo y preguntando a un sacerdote de doctrina segura, para conocer bien nuestra Santa Religión; de lo contrario, uno se arregla una pequeña «religión self-service», a su conveniencia, que ya no tiene nada que ver con la verdadera Religión revelada por Nuestro Señor Jesucristo.


 
 
 

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